martes, 28 de octubre de 2008

VACUNATE SI SOS MACHO



La secretaria de Salud, Silvia Fedeli, remarcó la importancia de la campaña e indicó que “hace un tiempo se llevó a cabo la misma tarea con mujeres, lo que se quiere lograr es disminuir la bacteria, ya que si se contrae la enfermedad en el primer trimestre del embarazo el bebé puede tener serios trastornos”.
El Ministerio de Salud de la Nación comenzó la Campaña Nacional de Vacunación contra la Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) destinada a varones de 16 a 39 años, que se extenderá hasta el 30 de noviembre.La vacuna es gratuita y podrá ser aplicada en hospitales, centros de salud, vacunatorios, unidades sanitarias, salitas barriales y dispensarios.
Luego de la erradicación de la viruela, la eliminación de la poliomielitis y de la circulación autóctona del virus del sarampión, la iniciativa se propone la meta de eliminación de la Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita en Argentina.
Ya en 2006, se había llevado a cabo la Campaña Nacional de Vacunación contra la Rubéola para mujeres de 15 a 39 años en la que 6.718.314 personas fueron vacunadas, alcanzando una cobertura administrativa del 98.8% para el país.
En esta edición 2008, la Campaña que se pone en marcha propone la vacunación de los hombres, actualmente únicos susceptibles que podrían contraer rubéola y contagiar a mujeres embarazadas. Por otra parte, los menores de 16 años ya se aplicaron la vacuna (se incluyó en el calendario de vacunación en el año 1998) y los mayores de 40, en su gran mayoría, han padecido rubéola, con síntomas o sin ellos.
La Rubéola es una enfermedad viral aguda que afecta a niños y adultos y se manifiesta en forma relativamente benigna. De un 20% a un 50% de las infecciones no tienen síntomas y es posible transmitir la enfermedad sin saberlo.
Sin embargo, cuando hombres o mujeres transmiten el virus a una mujer embarazada, éste puede ocasionar infección en el feto produciéndole numerosos y variados defectos congénitos que conforman el Síndrome de Rubéola Congénita.
Este Síndrome aparece en el 90% de los recién nacidos de madres infectadas durante el primer trimestre del embarazo, y puede producir aborto, muerte fetal, recién nacido muerto o con malformaciones simples o combinadas, retraso mental y desnutrición. Las principales malformaciones congénitas que se presentan son sordera (80 a 90% de los casos), cataratas y cardiopatías.
Una cuestión de salud públicaSe estima que antes de la introducción de la vacuna en los programas de inmunización en América nacían más de 20.000 niños por año con Síndrome de Rubéola Congénita, aún en períodos no-epidémicos.
Datos del país disponibles desde 1970 basados en el diagnóstico clínico de rubéola muestran un patrón de incidencia cíclico con picos cada 5 años aproximadamente. El mayor registro ocurrió en 1992, superando los 85 mil. A partir de 1998 (año de introducción de la vacuna Triple Viral en el calendario oficial de vacunación) se observó un descenso importante de los casos notificados.
Desde agosto de 2007 a hoy se han reportado casos de Rubéola en Argentina, la mayoría de ellos en varones adolescentes, en las provincias de Córdoba, San Luís, Corrientes, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Santa Cruz y Buenos Aires con el riesgo de contagio a mujeres embarazadas susceptibles. Asimismo, Chile y Brasil han presentado casos de rubéola en 2007 por lo que Chile ha realizado en noviembre de 2007 una campaña masiva de vacunación para varones que detuvo el brote y Brasil emprende en la actualidad una vacunación masiva.
La secretaria de Salud, Silvia Fedeli, remarcó la importancia de la campaña e indicó que “hace un tiempo se llevó a cabo la misma tarea con mujeres, lo que se quiere lograr es disminuir la bacteria, ya que si se contrae la enfermedad en el primer trimestre del embarazo el bebé puede tener serios trastornos”.


martes, 7 de octubre de 2008

Ley de obesidad, ¿En qué nos favorece?

La ley nos favorece a todos los avitantes de nuestro pais, ya que por algun motivo todos algun dia podemos nececitar ayuda con algun familiar o con nosators mismos.
En la camara de diputados, este año, aprobó en general el proyecto de ley de obesidad. Uno de los puntos cuestionados en la Cámara baja y que quedaron fuera del proyecto fue la inclusión de la bulimia y anorexia nerviosa como trastornos alimentarios. También se eliminó un artículo que indicaba la obligación de advertir sobre el riesgo del consumo excesivo de productos con azúcar en publicidades y promociones de los mismos. Por otro cambio en el texto, la Administración de Prestaciones Especiales (APES) deberá compensar a las obras sociales por las prestaciones que estén fuera del Programa Médico Obligatorio (PMO) como la cirugía bariática.
La norma cuenta con el respaldo del programa "Cuestión de peso", que se emite por Canal 13. Muchos de sus participantes, junto al doctor Alberto Cormillot, colmaron durante la sesión los palcos del recinto.
Al día de hoy, la única prestación obligatoria para el tratamiento de la obesidad es la consulta nutricional, método considerado insuficiente para el tratamiento de la obesidad severa o mórbida. El proyecto establece, además, la puesta en funcionamiento de centros especializados en trastornos alimentarios y la elaboración periódica de un mapa sanitario epidemiológico.
El proyecto de ley no sólo contempla la cobertura del tratamiento de la obesidad, incluidas las cirugías bariátricas: incluye además una serie de medidas destinadas a la prevención del sobrepeso. Dado que la obesidad infantil va en aumento en todo el mundo, muchas de estas medidas apuntan a las escuelas.
Así, el artículo 6 de la norma establece “la incorporación de la Educación Alimentaria Nutricional (EAN) en el sistema educativo en todos sus niveles, así como también de medidas que fomenten la actividad física y eviten el sedentarismo”. También prevé la realización de talleres y reuniones para padres sobre cuestiones relativas a los trastornos alimentarios y estilos de vida no saludables.
La comida en las escuelas es desde hace años el blanco de especialistas en obesidad y alimentación en todo el mundo por su contribución al exceso de grasa y azúcar en la dieta de los niños y adolescentes. Países como Reino Unido, Francia y Estados Unidos poseen normas que prohíben la venta de determinados alimentos en las escuelas. Más moderado, el proyecto aprobado en nuestro país establece que los quioscos escolares deberán incluir “alimentos para una dieta equilibrada”, así como el desarrollo de estándares que garanticen la calidad nutricional de los alimentos ofrecidos en comedores escolares y planes alimentarios nacionales.

Por suerte ya esta en funcionamiento la ley desde hace unos meses en nuestro pais. Gracias al senado por decir "SI A LA LEY", que desde ahora en mas nos protege a todos los ciudadanos del pais y no solo a algunos.